Con el objetivo de mejorar la eficiencia energética de los edificios, el Ministerio de Industria, Energía y Turismo, a través del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), ha puesto en marcha el Programa de Ayudas para la Rehabilitación Energética de Edificios Existentes (PAREER-CRECE).

Las ayudas contempladas en este programa buscan:

  • Mejorar la eficiencia energética de las fachadas o de las instalaciones de calefacción e iluminación.
  • Sustituir la energía convencional por energías renovables (solar térmica, biomasa, aerotermia, hidrotermia o geotermia en las instalaciones de calefacción, climatización y agua caliente sanitaria).

Para poder acceder a estas ayudas, las acciones que se quieran poner en marcha deben mejorar la llamada calificación energética del edificio en al menos una letra de medida en la escala de emisiones de dióxido de carbono (kg CO2/m2 año) en comparación con la situación anterior a acometer la reforma.

¿Por qué es necesario el programa de ayudas PAREER?

Cada día, una misma persona utiliza habitualmente las instalaciones de más de un edificio: salimos de casa, vamos a trabajar, compramos en un supermercado, empleamos tiempo de ocio en cines, museos, restaurantes…

Para poder proporcionar un ambiente de confort en todos estos espacios (calefacción, refrigeración, agua caliente, iluminación, etc.) se consumen grandes cantidades de energía.

Se calcula que, en España, el 20% de toda la energía final que se consume se realiza en edificios. Y la tendencia refleja que este consumo energético seguirá creciendo.

Por ello, son necesarios programas como el programa PAREER-CRECE que incentiven actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes que favorezcan el ahorro y la eficiencia, que contribuyan a aprovechar las energías renovables y que, en consecuencia, también reduzcan las emisiones de dióxido de carbono a la atmósfera.

Además, ayudan a cumplir con los objetivos internacionales adquiridos por nuestro país, ya que medidas como las contempladas en el PAREER-CRECE contribuyen a cumplir con los objetivos fijados en el Plan de Acción 2014-2020 y en la Directiva europea 2012/27/UE, relativa a la eficiencia energética.

 

¿Qué tipo de ayudas se proporcionan?

En el programa PAREER-CRECE, la cuantía de las ayudas para actuaciones de rehabilitación energética puede ir desde los 30.000 a los 4 millones de euros.

Las ayudas son de dos tipos: aportaciones dinerarias y préstamos, y son compatibles con otras ayudas para la rehabilitación de viviendas que concede el Ministerio de Fomento a través de las Comunidades Autónomas.

 vivienda rehabilitación energética

¿Quién puede solicitar el PAREER?

Podrán ser beneficiarios de las ayudas del de Ayudas para la Rehabilitación Energética de Edificios Existentes:

  • Los propietarios de edificios existentes destinados a cualquier uso, bien sean personas físicas, o bien tengan personalidad jurídica de naturaleza privada o pública.
  • Las comunidades de propietarios o las agrupaciones de comunidades de propietarios de edificios residenciales de uso vivienda, constituidas como Propiedad Horizontal.
  • Los propietarios que de forma agrupada sean propietarios de edificios y no hubiesen otorgado el título constitutivo de propiedad horizontal.
  • Las empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de edificios.
  • Las empresas de servicios energéticos.

 

¿Qué tipos de ayudas se pueden solicitar?

Según figura en la web del IDAE, los distintos tipos de ayudas recogidas en el PAREER y los beneficiarios tienen derecho a “recibir una ayuda  dineraria sin contraprestación complementada con un préstamo reembolsable”.

Estos son los diferentes tipos de ayudas recogidas en el PAREER:

  1. Ayuda dineraria sin contraprestación: El importe de la ayuda directa a otorgar será la suma de la Ayuda Base y la Ayuda Adicional (ver cuadro)

 

 

Tipologías de actuación

 

MÁXIMO ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN

(% s/ coste elegible)

MÁXIMO PRÉSTAMO

REEMBOLSABLE

(% s/ coste elegible)

Ayuda BASE Ayuda Adicional por criterio social, eficiencia energética o actuación integrada 
 

 

EFICIENCIA ENERGÉTICA

Tipo 1.  Mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica 30%  

 

En función del uso del edificio y de acuerdo a lo establecido en Anexo I, para el tipo de actuación. Hasta los límites de la normativa de ayudas de Estado o tasa de cofinanciación FEDER en la Comunidad Autónoma donde radique el proyecto, según el Anexo V.

60%
Tipo 2.  Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas y de iluminación 20% 70%
 

 

ENERGÍAS RENOVABLES

Tipo 3.  Sustitución de energía convencional por biomasa en las instalaciones térmicas 25% 65%
Tipo 4.   Sustitución de energía convencional por energía geotérmica en las instalaciones térmicas 30% 60%

 

  1. Préstamos reembolsables

Cuando se soliciten ayudas en la modalidad de préstamo, estas son las condiciones:

  • Tipo de interés: Euribor + 0,0 %.
  • Plazo máximo de amortización de los préstamos: 12 años (incluido un período de carencia opcional de 1 año).
  • Garantías: Aval bancario, contrato de seguro de caución, o depósito en efectivo a favor del IDAE en la Caja General del Depósitos del Ministerio de Economía y Competitividad, por importe del 20% de la cuantía del préstamo.
  • Las ayudas otorgadas en el marco del presente Programa, podrán ser objeto de cofinanciación con fondos FEDER del periodo 2014-2020, dentro del Programa Operativo de Crecimiento Sostenible.

 

 solicitar ayuda obras rehabilitación energética

¿Se puede solicitar una ayuda con fecha posterior a la ejecución de la obra?

Según figura en el documento de preguntas frecuentes Sobre el PAREER –CRECE, es posible iniciar las obras con fecha anterior a la de solicitud de la ayuda (que se realice el registro documentación en IDAE); eso sí, si las obras se han iniciado con una fecha posterior a la entrada en vigor del Programa.

No obstante, todo el coste facturado con fecha anterior al registro de la documentación no sería elegible, excepto los correspondientes a documentación previa necesaria para la presentación de la solicitud (Certificado energético, proyecto, etc.).

 

¿Facilita tramitar estas ayudas a través de una empresa de servicios energéticos (ESE)?

La existencia de programas como el PAREER-CRECE facilita que tanto particulares, comunidades de vecinos y otras entidades se decidan a mejorar la eficiencia energética de sus edificios y de sus instalaciones térmicas, sin que sea preciso realizar un importante desembolso económico.

“Solicitar estas ayudas a través de una empresa de servicios energéticos (ESE) como Remica Servicios energéticos tiene múltiples ventajas, entre ellas, que los usuarios ven cómo se simplifica en tiempo y esfuerzo la tramitación de las ayudas y subvenciones; trámites que  en su mayoría son asumidos por la ESE”, explica Antonio Ocaña, director comercial de la compañía.

¿Quiere más información? Contacte con nosotros a través de www.remica.es/contacto

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